Plazo de presentación
Desde el día 7 de junio de 2021 hasta el día 25 de junio de 2021, ambos inclusive
Requisitos de los solicitantes
Podrán optar a estas becas los alumnos que cursen estudios de Formación Profesional de Grado Superior que cumplan los siguientes requisitos:
Estar matriculado (o tener reserva de plaza) en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial, en un centro privado autorizado por la Consejería competente en materia de Educación, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con dicha Consejería.
Estar matriculado del curso completo y no ser repetidor del mismo en el curso 2021/2022.
No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para realizar el primer curso de Formación Profesional de Grado Superior y no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para realizar el segundo curso. En ambos casos los solicitantes no deberán superar el límite de edad a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
No superar el límite de renta per cápita familiar de 20.000 euros.
Presentación de solicitudes
¿CÓMO y DÓNDE puedo presentar la SOLICITUD?
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA (ACONSEJABLE)
Sólo para alumnos con DNI electrónico o certificado digital.
Para poder presentar tanto la solicitud, como, posteriormente, la subsanación o el recurso potestativo de reposición de manera telemática, se requiere que el alumno disponga de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido y admitido en la Comunidad de Madrid. No podrá presentarse utilizando el certificado digital de ningún otro miembro de la unidad familiar.
Se podrán adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que sean de extensión doc, rtf, ppt, xls, docx, xlsx, pptx y los genéricos pdf, jpg, xml, txt, zip y tif. El tamaño máximo del conjunto de los ficheros no puede superar los 15 Mb y el tamaño individual de cada fichero no debe superar los 4Mb.
PRESENTACIÓN FÍSICA
LA PRESENTACIÓN FÍSICA TIENE CARACTER EXCEPCIONAL DEBIDO A LA SITUACIÓN GENERADA POR LA COVID19
Se podrá realizar mediante cita previa en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidos los de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Oficinas de Correos, según el reglamento que establezcan.
Registros de la Administración General del Estado.
Registros de otras Comunidades Autónomas.
Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única.
Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
RECORDAMOS QUE LAS OFICINAS DE REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO de la COMUNIDAD DE MADRID SOLO ATIENDEN MEDIANTE CITA PREVIA:
Cuantía:
La cuantía individual de la beca anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:
Tramo de renta per cápita familiar | Cuantía para el primer curso | Cuantía para el segundo curso |
Hasta 6.455 euros | 2.600 € | 2.020 € |
De 6.455,01 a 9.318 euros | 2.300 € | 1.780 € |
Más de 9.318 euros | 2.000 € | 1.540 € |
En el caso de alumnos beneficiarios o familias beneficiarias de la Renta Mínima de
Inserción, la cuantía de la beca será de 3.200 € euros anuales para los alumnos que
realicen el primer curso y de 2.500 € anuales para los alumnos que realicen el segundo
curso, y el centro educativo no podrá cobrar otras cantidades en concepto de
escolaridad. Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales,
cuando se constate mediante informe de los Servicios Sociales municipales la especial
situación socioeconómica de una familia o se haya acreditado la condición de refugiado.
Enlaces:
Preguntas frecuentes
Página web becas de la Comunidad de Madrid