Descarga del Modelo 030, para abonar las tasas.
- Acceso desde el siguiente enlace: descarga modelo 030
- Escribimos "Títulos" en la casilla en blanco y pulsamos "BUSCAR"
- A continuación selecciona la siguiente opción:
- Seleccionar "Colegios privados"
- Para la tramitación ordinaria del documento de pago seleccionar "tramitar"
- Para la tramitación con aplicación de deducción, bonificación o reducción seleccione "tramitar con deducción/bonificación/reducción"
- IMPORTANTE: El impreso debe cumplimentarse con:
- Datos del alumno (DNI, nombre, apellidos, domicilio...)
- Servicio que solicita: "TÉCNICO DE FORMACIÓN PROFESIONAL O TÉCNICO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL" según el caso.
- Fecha y Firma.
- Pago efectivo: Cumplimente el formulario, seleccione la opción "generar documento" e imprímalo. Diríjase con él a una de las entidades colaboradoras para realizar el ingreso.
Las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación de la Comunidad de Madrid son: BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER, BANKIA, BBVA, CAIXABANK y CAJAMAR.
- Pago electrónico: Para poder utilizar los servicios de pago electrónicos es necesario estar en posesión de DNI electrónico o uno de los Certificados digitales reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Cumplimente en el formulario los datos de INTERESADO/A que corresponderán con el del solicitante del Servicio.
- Cumplimente en el formulario los datos de PRESENTADOR/A que deben coincidir con los del titular del Certificado Digital utilizado.
- Pulse la opción "pagar" y una serie de pantallas consecutivas le irán ofreciendo las instrucciones necesarias para efectuar el pago, con cargo en cuenta o pago con tarjeta.
- Efectuado el pago, guarde el justificante en su equipo, para su posterior impresión o presentación por medios electrónicos.
- Pago y tramitación telemática de respuesta inmediata (SERI).
Siempre que aparezca junto a la Tasa o Precio Público la denominación "Gestión telemática", se puede realizar el pago y la tramitación obteniendo el servicio demandado de forma inmediata.
- Bonificaciones, reducciones y recargo:
Si Usted debe soportar RECARGOS o es titular de BONIFICACIONES o REDUCCIONES aprobadas en la normativa vigente, puede aplicarlas a través de este programa siguiendo el procedimiento que el mismo le indicará.